¿Qué tengo que hacer para darme de baja de CCOO? CCOO es uno de los sindicatos más importantes de España y suele ser el primero al que la mayoría de los trabajadores se afilian. Pero como todas las cosas, hay momentos en que puede ser necesario darse de baja del mismo.
- Afortunadamente, hay una forma sencilla de hacerlo.
- Lo primero es que debes estar al corriente de tus cuotas.
- Si todavía tienes deudas pendientes, deberás ponerte al día antes de proceder con el proceso de baja.
- Si no lo haces, el sindicato tomará medidas legales para cobrar lo adeudado.
- Una vez hecho esto, deberás informar por escrito a CCOO sobre tu deseo de darte de baja.
Esto se puede hacer desde la web del sindicato, rellenando un formulario online. También se puede enviar un correo electrónico o una carta certificada. Debes asegurarte de incluir tu nombre completo y tu número de afiliado para que el proceso sea más rápido.
- También puedes acudir a la oficina local de CCOO y solicitar un formulario para darte de baja.
- Una vez rellenado, deberás firmarlo y entregarlo al responsable del sindicato.
- Esto te permitirá comprobar que el proceso de baja está en curso y que se ha recibido tu solicitud.
- Una vez que el sindicato haya recibido tu solicitud, procesará tu baja.
Esto puede llevar unos días, ya que se debe comprobar que todo está en orden antes de realizar la baja definitiva. Una vez hecho esto, recibirás una confirmación por correo electrónico o por carta. En conclusión, darse de baja de CCOO es un proceso sencillo y rápido.
Contents
- 1 ¿Cuánto cobra CCOO por afiliarse?
- 2 ¿Qué pasa si me doy de baja del sindicato?
- 3 ¿Qué pasa si no se paga la cuota sindical?
- 4 ¿Qué ofrece CCOO a sus afiliados?
- 5 ¿Cuántos afiliados tiene CCOO en España?
- 6 ¿Cómo pedir cita en CCOO Madrid?
- 7 ¿Qué significan las siglas CCOO en español?
- 8 ¿Cuánto tiempo dura la tutela sindical?
- 9 ¿Quién no puede hacer parte de un sindicato?
- 10 ¿Cuál es la cuota sindical?
- 11 ¿Cuánto tiempo dura la tutela sindical?
¿Cómo se hace para desafiliarse de un sindicato?
Para desafiliarse, el trabajador deberá presentar su renuncia a la asociación sindical por escrito. El órgano directivo podrá dentro de los treinta días de la fecha de recibida, rechazarla, si existiere un motivo legítimo para expulsar al afiliado renunciante.
¿Cuánto cobra CCOO por afiliarse?
Ficha de afiliación rellenable -, SUPER REDUCIDA Afiliarse a CCOO-Indutria (4,50 Euros mensuales) para las personas sin ningún tipo de remuneración o prestación, desempleados de larga duración y que tengan una retribución anual, comprendida entre 0€ y 7.000€. ESPECIAL Afiliarse CCOO-Indutria ( 8,15€ Euros mensuales) De aplicación para personas que tengan ingresos o prestaciones comprendidas entre los 7.000€ y 14.000 euros brutos anuales.
- GENERAL REDUCIDA Afiliarse a CCOO-Indutria (13,10 Euros mensuales) De aplicación para personas que tengan ingresos o prestaciones brutas superiores a 14.000 Euros e inferiores a 24.000 Euros brutos anuales.
- GENERAL ORDINARIA Afiliarse a CCOO-Indutria (14,50 Euros mensuales) De aplicación para personas que tengan ingresos o prestaciones brutas superiores a 24.000 Euros brutos anuales.
GENERAL PENSIONISTAS Y JUBILADOS Afiliarse a CCOO-Indutria (10,50 Euros mensuales) De aplicación para personas pensionistas y jubiladas, que tengan ingresos o prestaciones brutas superiores a 14.000 Euros brutos anuales. MILITANTE Afiliarse a CCOO-Indutria (17,40 Euros mensuales) También existe la posibilidad de abonar para las personas afiliadas una cuota militante por un importe de 17.40 euros mensuales, de carácter voluntario y solidario y cuyo objetivo es compensar el efecto económico que supone la aplicación de los otros tipos de cuota de importe inferiores para colectivos con los ingresos más bajos o sin ingresos,
¿Cómo ponerse en contacto con CCOO?
Cl Fernández de la Hoz 12, 3ª Planta, 28010 Madrid, o a la siguiente dirección de email: [email protected].
¿Qué pasa si me doy de baja del sindicato?
¿El trabajador que se desafilia del sindicato con el cual negoció y se afilia a otra organización sindical de la empresa, está obligado a cotizar a la que se desafilió el 100% del valor de la cuota sindical? – El actual artículo 323 del Código del Trabajo – vigente desde 01.04.2017- dispone: “Derecho a la libre afiliación y vinculación del trabajador con el instrumento colectivo.
- El trabajador podrá afiliarse y desafiliarse libremente de cualquier sindicato.
- No obstante el cambio de afiliación sindical o desafiliación, el trabajador se mantendrá afecto al instrumento colectivo negociado por el sindicato al que pertenecía y que estuviere vigente, debiendo pagar el total de la cuota mensual ordinaria de ese sindicato durante toda la vigencia de dicho instrumento colectivo.
Al término de la vigencia del instrumento colectivo del sindicato al que estaba afiliado, el trabajador pasará a estar afecto al instrumento colectivo del sindicato al que se hubiere afiliado, de existir este. Una vez iniciada la negociación colectiva, los trabajadores involucrados permanecerán afectos a esta, así como al instrumento colectivo a que dicha negociación diere lugar.” En este contexto, este Servicio, a través de Dictamen N°2825/78 de 22.06.2017, respecto de la precitada norma indicó que el legislador dispone expresamente que los trabajadores pueden afiliarse y desafiliarse libremente de cualquier sindicato.
Sin embargo, atribuye al cambio de afiliación sindical como a la sola desafiliación de un trabajador de aquel sindicato al que pertenecía, consecuencias en igual tenor a las establecidas por la anterior legislación. De esta manera, sin perjuicio del cambio de afiliación sindical o desafiliación, aquel trabajador permanece vinculado al instrumento colectivo negociado por el sindicato al que pertenecía durante toda su vigencia, obligándolo a pagar a dicho sindicato un aporte hasta el término de aquella, el que corresponde al 100% del valor de la cuota sindical.
Última modificación: 07/10/2021
¿Qué pasa si no se paga la cuota sindical?
Procedimiento para el pago y cobro de la cuota sindical, en la ley 24.642: su inconstitucionalidad Autores ; Año de publicación 2018 Idioma español castellano Tipo de recurso artículo Estado versión publicada Descripción La ley 24.642 establece el denominado procedimiento de ejecución o apremio, a los efectos de percibir, por parte de la Asociación Sindical, la denominada cuota de contribución gremial que efectúa el afiliado, y que retiene el empleador.
Este sistema establece que en caso de adeudarse la o las cuotas, el sindicato puede ejecutar al empleador si omitió retenerlas. Este título ejecutivo por el cual el sindicato inicia la ejecución, pide embargo y cobra las cuotas de afiliación impagas, con defensas muy limitadas del deudor La norma en cuestión al margen de equiparar los efectos procesales al juicio de apremio (art.5º), fija competencia distintas y optativas, a criterio claro está del ejecutante (Asociación Sindical) en la que expresamente en los ámbitos provinciales, se ha excluido a la Justicia del Trabajo.
Resulta inconstitucional la ley en cuestión, porque con su enunciado se arroga una facultad no delegada por los gobiernos provinciales al gobierno Federal.Law 24.642 establishes the enforcement procedure for the purpose of collecting, by the Trade Union, the union contribution fee that the affiliate performs, and which the employer retains.
- This system establishes that in the event of owing these installments, the Union can execute the employer if it failed to retain them.
- This executive title, by which the Union starts this procedure, asks for seizure and collects unpaid membership fees, has very limited defenses of the debtor.
- The law in question establishes different and optional competences, at the discretion of the performer in which, specifically in the provincial areas, Labor Justice has been excluded.
This law is unconstitutional, because with its enunciation a power is entrusted and not delegated by the provincial governments to the Federal government.A Lei 24.642 estabelece o chamado procedimento de execução ou urgência, a fim de perceber, pela Associação Sindical, a denominada cota de contribuição gremial que o associado efetua, e que o empregador retém.
Este sistema estabelece que no caso de endividar-se a ou as cotas, o sindicato pode embargar ao empregador se este omitiu as retenções. Este titulo executivo pelo qual o sindicato inicia a execução, pede confisco e cobra as cotas de afiliação não pagas, com defesas muito limitadas por parte do devedor.
A norma em questão estabelece competências diferentes e opcionais, de acordo com o claro critério do executante em que, especificamente nas áreas provinciais, a Justiça do Trabalho foi excluída. A lei em questão é inconstitucional, porque com a sua enunciação é confiado um poder não delegado pelos governos provinciais ao governo federal.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Materia Ciencias Jurídicas cuota sindical título ejecutivo juicio de apremio procedimiento inconstitucionalidad union fee execution judgment procedure unconstitutional cota sindical julgamento de urgência Nivel de accesibilidad acceso abierto Condiciones de uso http://creativecommons.org/licenses/by/4.0/ Repositorio Institución Universidad Nacional de La Plata OAI Identificador oai:sedici.unlp.edu.ar:10915/72276
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Procedimiento para el pago y cobro de la cuota sindical, en la ley 24.642: su inconstitucionalidad
¿Cuánto te descuentan por afiliarse a sindicato?
Obligan a trabajadores a aportar a los sindicatos – LA NACION Como todos los meses, uno de los 13.100 empleados del Correo Argentino cobró su sueldo. Cuando miró su recibo encontró un descuento que no le resultaba familiar. “Era un 3 por ciento del sueldo, bajo el concepto de contribución solidaria, y es para el sindicato.
- Nadie nos avisó y de pronto apareció el descuento”, dijo a LA NACION el trabajador, que prefirió no revelar su identidad.
- Con la motorización de las negociaciones de los convenios colectivos, y tal como sucedió desde este mes con el Correo Argentino, los sindicatos han desempolvado una vieja forma de financiamiento mediante la que obtienen un porcentaje de la nómina salarial de una actividad.
Se trata de las contribuciones solidarias, cuyo descuento se aplica a todos los empleados que no están afiliados al sindicato. A los sueldos de los empleados en relación de dependencia se les hacen descuentos obligatorios para la jubilación (11%, si aporta al régimen de reparto y 7%, si está en una AFJP), el PAMI (3%) y obra social (3% para una entidad gremial que cubre el servicio de salud).
El aporte directo al sindicato (en torno del 3% del salario bruto) es voluntario para quienes decidan afiliarse a su sindicato de actividad. El nuevo mecanismo funciona así. Un determinado sindicato negocia el convenio colectivo de su actividad. Dentro de la negociación, y cada vez con más frecuencia, se incluyen dos conceptos.
Por un lado se negocian aportes patronales, que son un pago mensual de los empleadores. “Este tipo de contribución debe tener alguna justificación, como fines culturales, capacitación o acción social, por caso”, dijo Esteban Christensen del estudio Hope, Duggan & Silva, que aclaró que estos conceptos siempre se incluyen en los convenios.
- Es la única forma que tienen las empresas para aportar a los gremios sin que se caiga en práctica desleal”, agregó.
- Sin embargo, las más polémicas son las contribuciones solidarias que se realizan con un descuento del sueldo del trabajador y que tienen su sustento legal en el artículo 9° de la ley 14.250.
“Se trata de un aporte que realizan los trabajadores que no son afiliados al gremio, por el solo hecho de estar incluidos en el convenio colectivo de esa actividad. El Ministerio de Trabajo los homologa porque hay una ley que los permite”, dijo José Zabala, del estudio Adrogué, Marqués & Zabala, especializado en derecho laboral.
- De hecho, en la cartera laboral se respaldan en la vigencia de la mencionada ley para dar el visto bueno a los aportes solidarios.
- La norma no establece límites al porcentaje que puede descontarse, por lo cual, afirman, sólo rige el límite de la razonabilidad.
- El único tipo de aportes fijado por convenios, que fue cuestionado por la Justicia y en sede administrativa también por el propio ministerio, es el que pretende que las compañías empleadoras no afiliadas a una cámara paguen en favor de la entidad empresarial que firma acuerdos laborales.
Amparados normativamente, los aportes solidarios de los trabajadores a su sindicato son en cambio cada vez más frecuentes. Aparecen en acuerdos como el de la industria papelera y el del personal de conducción de trenes, en este caso tanto a favor de La Fraternidad como de la Unión Ferroviaria.
- En esos casos, las tasas rondan el 1% mensual.
- En la actividad pesquera, el descuento es del 4%.
- Los convenios de aceiteros y de tintoreros también incluyen la cláusula.
- Dijo Zabala: “Muchas veces, el porcentaje tiende a igualarse con la cuota sindical para que se equipare con este descuento”.
- Sucede que la afiliación obligatoria está prohibida.
En el caso del Correo, donde desde este mes se empezó a descontar un 3% del sueldo de cada trabajador, el secretario general de la Federación de Obreros y Empleados de Correos y Telecomunicaciones (Foecyt), Ramón Baldasini, justificó el aporte. “El sindicato obra como gestor de negocios.
- Hace una gestión para un determinado grupo de personas y es lógico que después cobre una comisión por ese servicio prestado.
- Además es una cuota que tiene un tiempo determinado.
- Por ejemplo, ésta rige hasta agosto, que es cuando vence el convenio.
- Claro que, si se firma un nuevo contrato, entonces se podrá establecer un nuevo aporte, siempre que haya beneficios”, sostuvo.
“No es posible que el beneficio lo reciban todos y el costo lo soporten sólo los afiliados. Hay que pagar gastos y mantener una estructura”, agregó. Gustavo Ferrante, del estudio Brons & Salas, consideró: “Cada vez es más común que se incorpore la contribución solidaria.
Para Christensen, el auge de estas contribuciones “puede encontrar su motivación en la baja tasa de afiliación de los sindicatos y la imprescindible necesidad de contar con recursos con las herramientas que les provee la legislación, y que, a su vez, le impide recurrir a una contribución sindical por afiliación obligatoria”.”Es la primera vez que lo cobramos en 52 años que hace que estamos en el Correo”, dijo Baldasini.Si bien no se discute su legalidad, los llamados aportes solidarios están en medio de la mesa de discusión en varios sindicatos.
Conforme a los criterios de : Obligan a trabajadores a aportar a los sindicatos – LA NACION
¿Cuánto desgrava cuota sindical 2023?
¿Cuánto desgrava la cuota sindical en la Renta 2022 / 2023? Esta deducción puede suponer un ahorro en la cuota anual sindical de entre un 20% y un 35% según los casos, por lo que será necesario modificar el borrador para incluir esta deducción.
¿Cuánto es la cuota sindical?
¿Cuánto cobran los sindicatos? – Normalmente se establece del 1 al 3 % sobre el salario de cada trabajador; es decir, se toma como base el resultado de las percepciones menos las deducciones; el resultado es multiplicado por el porcentaje y la empresa está obligada a entregar un listado en donde se desglose el pago de los trabajadores.
¿Qué ofrece CCOO a sus afiliados?
CCOO ha conseguido para sus afiliados y afiliadas importantes acuerdos que garantizan los mejores descuentos en productos de ocio, bienestar, deporte, salud, mascotas, viajes, alquiler de vehículos, consumo del hogar, entradas para cines, teatros, circo, espectáculos, parque temáticos
¿Qué es CCOO y que defiende?
CCOO es el primer sindicato de España por número de personas afiliadas y por delegados elegidos en las elecciones sindicales. CCOO se estructura en Federaciones, según la actividad o sector al que pertenece la empresa, y Uniones, según el territorio donde se ubica el centro de trabajo.
CCOO es una organización sindical democrática y de clase que está formada por trabajadores y trabajadoras que nos afiliamos de forma voluntaria y solidaria para defender nuestros intereses y para conseguir una sociedad más justa, democrática y participativa. CCOO es un sindicato reivindicativo y participativo que pretende representar y defender de forma adecuada los intereses del mundo asalariado, de los y de las pensionistas, de las personas que están en el paro, de los emigrantes, de la inmigración y de la juventud.
CCOO es un sindicato de hombres y mujeres que tiene entre sus principios impulsar y desarrollar la igualdad de oportunidades, así como combatir la discriminación por razón de sexo. Para ello se propone desarrollar acciones positivas en las relaciones laborales y condiciones de trabajo, así como la consecución de una representación equilibrada de hombres y mujeres en todos los niveles, removiendo todos los obstáculos para alcanzar la proporcionalidad a la afiliación existente en todos los órganos de dirección del sindicato.
- CCOO es un sindicato plural, abierto a todos los trabajadores y trabajadoras, cualquiera que sea su ideología, filosofía, concepción política o religiosa, dentro del respeto a los derechos humanos y las normas democráticas.
- CCOO es un sindicato unitario y democrático, en el que trabajamos por conseguir la unidad del conjunto de trabajadores y trabajadoras y en el que decidimos las actuaciones sindicales y nuestro funcionamiento a partir de las asambleas de las personas afiliadas y de los órganos de dirección y gestión que elegimos democráticamente.
CCOO es un sindicato que actúa de manera autónoma e independiente de los poderes económicos, del Estado y de cualquier otro interés ajeno a sus fines, y también de los partidos políticos. CCOO es un sindicato sociopolítico que además de reivindicar la mejora de las condiciones de trabajo y de vida, asume la defensa de todo aquello que nos afecta como trabajadoras y trabajadores, dentro y fuera de la empresa.
CCOO es un sindicato internacionalista, desde el cual fomentamos la solidaridad con todos los pueblos del mundo que luchan por las libertades democráticas, y con los refugiados y refugiadas, trabajadoras y trabajadores que padecen persecución por el hecho de ejercer sus derechos sindicales y democráticos.
CCOO es un sindicato pluriétnico y multicultural que lucha contra el racismo y la xenofobia, que promueve los valores del respeto, la tolerancia y la convivencia entre los miembros de las distintas etnias y pueblos, que quiere agrupar y defender las reivindicaciones de los trabajadores y trabajadoras inmigrantes, garantizándoles la plena igualdad de derechos y deberes dentro de nuestra organización, y su inserción en nuestra comunidad.
¿Cuántos empleados tiene CCOO?
Oficialmente denominada Confederación Sindical de Comisiones Obreras (C.S. de CC. OO.),
Comisiones Obreras Confederación Sindical de Comisiones Obreras | |
---|---|
Afiliados | 934 809 (2019) |
Delegados sindicales | 97 086 (35,4 %) (2019) |
Sede central | C/ Fernández de la Hoz, 12.28010 Madrid, España |
Sitio web | www.ccoo.es |
¿Cuántos afiliados tiene CCOO en España?
Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios
- SALUDA DEL SECRETARIO GENERAL DE LA FSS-CCOO
- Estimadas compañeras y compañeros:
- En esta nueva era de la comunicación, ha sido una constante de esta Federación mejorar la interrelación entre el sindicato y la afiliación, para ello, la web es un instrumento de primer orden.
CCOO, como primera organización de este país que agrupa a más de 972.000 afiliados (121.000 son de nuestro sector) y que obtiene la mayoría de la representación sindical en el ámbito de la empresa, es una excelente carta de presentación. Vivimos una época de crisis sin precedentes, donde determinados poderes fácticos de la sociedad (políticos, económicos, medios de comunicación) han orientado sus críticas más furibundas hacia las organizaciones de clase, entendiendo que somos un estorbo para sus intenciones de poder acometer un ataque sin precedentes a la clase trabajadora.
Ante esta situación, desde CCOO entendemos que la mejor defensa es la transparencia, poniendo negro sobre blanco todo lo que hacemos. Para ello, la comunicación y las nuevas tecnologías son el mejor cauce. Otro objetivo que estamos orientando en nuestra actividad es priorizar la atención del afiliado o afiliada a nuestra organización, para responder cada día mejor a la confianza que nos han depositado.
En este sentido, esta web ofrece contenidos exclusivos y reservados para la afiliación, que incluyen toda la información que consideramos de mayor interés o cuyo conocimiento les puede favorecer de un modo excepcional. CCOO, como organización que tiene implantación en todo el territorio nacional, cuenta con múltiples sedes (secciones sindicales, equipos de atención, sindicatos provinciales, etc.), que te garantizan una atención permanente por tu afiliación.
- Por último, animo al conjunto de la clase trabajadora a pertenecer a la mejor y mayor organización de este país como es CCOO, un sindicato de TODOS Y TODAS y para TODOS Y TODAS.
- Humberto Muñoz Beltrán
- Secretario General
- FSS-CCOO
: Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios
¿Cómo pedir cita en CCOO Madrid?
Teléfonos para pedir cita: 91 536 51 64 / 91 536 51 42 / 91 536 51 63 – _
Si el despido se te comunica de forma verbal, acude de nuevo a la empresa con dos testigos (que no sean familiares) que den fe de ello.
No debes firmar ningún documento al finalizar tu contrato de trabajo sin el asesoramiento previo del sindicato.
Que para las reclamaciones frente a la empresa, dispones de un plazo; infórmate, especialmente en caso de despido o sanción.
En caso de cambio de las condiciones laborales (jornada, horario, etc.) sin tu consentimiento, tienes un plazo para recurrir la decisión de la empresa.
¿Qué significan las siglas CCOO en español?
Confederación Sindical de Comisiones Obreras.
¿Qué ventajas tiene estar afiliado a un sindicato?
Preguntas y respuestas sobre las empresas y la libertad sindical y de asociación Respuesta: Los órganos de control no han abordado específicamente este asunto, pero siempre han entendido de una manera muy amplia el significado de trabajadores en lo que respecta a la libertad sindical y, por ejemplo, han contemplado a los trabajadores no documentados/en situación irregular.Dichos reclusos sólo deberían trabajar para un empleador privado a título voluntario, y gozar de condiciones similares a quienes están ocupados en el mercado de trabajo libre, incluido el derecho de asociación.
Podría considerarse que gozaran de una representación libremente elegida en lo que respecta a sus condiciones, y que deberían poder expresar sus demandas. En lo tocante al derecho de huelga, si se trata de trabajo voluntario, entonces el derecho a dejar ese trabajo también podría considerarse aceptable.
Respuesta: Las normas internacionales fundamentales sobre la libertad sindical y de asociación y la negociación colectiva son el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm.87) y el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm.98).
Otras normas internacionales que contemplan estos derechos y libertades son el Convenio sobre los representantes de los trabajadores, 1971 (núm.135), la Recomendación sobre los representantes de los trabajadores, 1971 (núm.143), y la Recomendación sobre la negociación colectiva, 1981 (núm.163). Las normas internacionales relativas al diálogo social comprenden la Recomendación sobre la consulta y la colaboración entre empleadores y trabajadores en el ámbito de la empresa, 1952 (núm.94) y la Recomendación sobre las comunicaciones entre la dirección y los trabajadores dentro de la empresa, 1967 (núm.129).
Asimismo, una mayoría de los convenios y recomendaciones de la OIT contienen disposiciones que apoyan el diálogo social al exigir la celebración de consultas con las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores. Respuesta: Además de ser un derecho, la libertad sindical y de asociación permite a los trabajadores y empleadores unirse para proteger mejor no sólo sus propios intereses económicos, sino también sus libertades civiles como el derecho a la vida, a la seguridad, a la integridad, y a la libertad personal y colectiva.
- Este principio, elemento integral de la democracia, es fundamental para hacer realidad todos los demás principios y derechos fundamentales en el trabajo.
- Las empresas se enfrentan a numerosas incertidumbres en un mercado global en rápida evolución.
- Entablar un diálogo sincero con representantes de los trabajadores libremente elegidos permite a los trabajadores y a los empleadores comprender sus respectivos problemas y encontrar mejores soluciones.
La seguridad de la representación contribuye a desarrollar la confianza de ambas partes. La libertad sindical y de asociación y el ejercicio de la negociación colectiva proporcionan oportunidades para el diálogo constructivo y la resolución de los conflictos, lo que canaliza la energía necesaria para encontrar soluciones que son beneficiosas para la empresa y la sociedad en general.
- Respuesta: Las empresas pueden actuar a diferentes niveles:
- 1) En el lugar de trabajo:
- Respetar el derecho de todos los trabajadores a formar sindicatos y a afiliarse al sindicato de su predilección sin temor de intimidación o represalia, de conformidad con la legislación nacional.
- Poner en práctica políticas y procedimientos no discriminatorios en cuanto a la organización sindical, la afiliación sindical y la actividad en campos tales como las solicitudes de empleo y las decisiones sobre promociones, despidos o traslados.
- Poner a disposición de los representantes de los trabajadores instalaciones apropiadas para facilitar la elaboración de convenios colectivos eficaces.
2) En la comunidad en que tienen lugar sus operaciones:
- Tener en cuenta el papel y la función de las organizaciones nacionales representativas de los empleadores.
- Tomar medidas para mejorar las relaciones obrero-patronales, sobre todo en aquellos países que carecen de un adecuado marco institucional y jurídico para el reconocimiento de los sindicatos y la negociación colectiva.
Respuesta : Un trabajador debería tener el derecho de constituir las organizaciones que estime convenientes, y de afiliarse a estas organizaciones, sin autorización previa. Este derecho no es incompatible con el ejercicio razonable, por el empleador, del derecho de expresión.
- El empleador no debería impedir, prohibir o interferir en el ejercicio del derecho de los trabajadores a sindicarse, ni debería amenazarles de forma directa o indirecta, crear una atmósfera de intimidación o miedo, o tomar represalias relacionadas con esto.
- Los trabajadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar la libertad sindical en relación con su empleo ();” “Las organizaciones de trabajadores y de empleadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia de unas respecto de las otras, ya se realice directamente o por medio de sus agentes o miembros, en su constitución ()”.
El Comité de Libertad Sindical de la OIT ha indicado que “los actos de acoso e intimidación perpetrados contra los trabajadores por motivo de su afiliación sindical o de sus actividades sindicales legítimas, aunque no impliquen necesariamente perjuicios en su empleo, pueden desalentarlos de afiliarse a las organizaciones de su elección, lo cual constituye una violación de su derecho de sindicación.” En la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social, de la OIT, se indica que “las organizaciones que representen a las empresas multinacionales o a los trabajadores en su empleo deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia de una respecto de las otras, ya se realice directamente o por medio de sus agentes o miembros, en su constitución, funcionamiento o administración.” Por lo tanto, también se alienta a todo agente que sea contratado por una empresa multinacional a no interferir en el derecho de sindicación de los trabajadores.
¿Cuánto tiempo dura la tutela sindical?
Tutela Sindical: – Es un mecanismo que se utiliza para proteger a los trabajadores que desarrollan actividad gremial frente a posibles abusos por parte de la administración, impidiendo que se los suspenda, despida o modifiquen sus condiciones de trabajo.
- Consiste es una estabilidad propia mientras dure su mandato y por un (1) año posterior a dejar el cargo, salvo que medie una intervención judicial previa.
- Para que opere la garantía debe haberse cumplido con los recaudos legales y haber sido notificado el empleador por telegrama, carta documento o por escrito.
La protección nace con la postulación, aun cuando no sea electo. En ese caso, la tutela sindical es de seis (6) meses. El personal permanente y no permanente comprendido en el ámbito de la Ley Nº 25.164 tiene derecho, a partir de la fecha de incorporación, a las Licencias, Justificaciones y Franquicias.
¿Qué es la libertad de afiliación?
Principio 3 – «Las empresas deben apoyar la libertad de afiliación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva» Respetar los derechos humanos significa que las empresas deben actuar con la debida diligencia para evitar la violación de los derechos humanos («do no harm”) y deben abordar los impactos adversos sobre los derechos humanos que les afectan. Las empresas deben apoyar la libertad de afiliación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva El término de libertad de afiliación hace referencia al derecho de empresarios y trabajadores a constituir asociaciones y sindicatos en función de sus necesidades.
- Los empresarios no deben interferir en la decisión de un empleado sobre su derecho de afiliación ni discriminado por afiliarse, como tampoco un representante de dicho empleado.
- La libertad de afiliación implica que los empresarios, los sindicatos y los representantes de los trabajadores puedan discutir libremente sus problemas en los centros de trabajo con el fin de alcanzar acuerdos conjuntamente aceptados.
Así como permitir que los trabajadores (y las organizaciones) ejerzan su derecho de defender sus intereses económicos y sociales. El término de negociación colectiva se refiere al proceso o actividad que conduce a la firma de un convenio colectivo. La negociación colectiva es un proceso voluntario utilizado para determinar las exigencias y las condiciones de trabajo y para regular las relaciones entre los empresarios, los trabajadores y sus organizaciones.
- Por qué deben preocuparse las entidades Las empresas enfrentan muchas incertidumbres en el actual mercado global en continuo cambio.
- El establecimiento de un auténtico diálogo con representantes de los trabajadores elegidos libremente, permite que tanto los trabajadores como los empleadores puedan comprender los problemas que surjan en el negocio y encontrar la manera de resolverlos.
La libertad de asociación y el ejercicio de la negociación colectiva proporcionan oportunidades para el diálogo constructivo y de no confrontación. Esto aprovecha la energía necesaria para formular soluciones que resultan en beneficios para la empresa, sus grupos de interés, y la sociedad en general y con frecuencia es más flexible y eficaz que la regulación estatal.
Por lo tanto puede ayudar a prever posibles problemas y avanzar en mecanismos pacíficos para tratar con ellos. Un número de estudios indican que la dinámica resultante de la libertad de asociación puede poner en marcha un «trabajo decente» ciclo que aumenta la productividad, los ingresos y los beneficios para todos los interesados.
Por otra parte, la garantía de la representación a través de una «voz en el trabajo» facilita las respuestas locales a una economía globalizada, y sirve como base para el crecimiento sostenible y la rentabilidad de las inversiones seguras. Los resultados ayudan a cerrar la brecha de representación cada vez mayor en sistemas de trabajo globales, y facilitar la entrada de esas personas, regiones y sectores económicos – especialmente las mujeres y los trabajadores del sector informal – que de otra manera pueden ser excluidos de participar en los procesos de creación de ambientes de trabajo decente.
¿Quién paga a un liberado sindical?
¿Quién le paga? – La empresa en la que están contratados (en el caso de los empleados públicos es la Administración quien les paga). Cobran el sueldo íntegro y no pierden su plaza.
¿Quién paga a los sindicalistas?
¿Quién le paga el sueldo a los sindicalistas? Los sindicalistas son trabajadores que se dedican a representar a los demás miembros de su sindicato. Su trabajo consiste en negociar con el empleador en nombre de los afiliados, lo que les permite obtener un mejor salario y condiciones laborales.
Sin embargo, muchas personas se preguntan: ¿quién les paga el sueldo a los sindicalistas? En la mayoría de los casos, los sindicalistas son pagados por el sindicato al que pertenecen. Esto significa que el dinero que se les paga proviene de las cuotas que los afiliados pagan mensualmente. Estas cuotas van a parar directamente a las arcas del sindicato, que es quien se encarga de pagar los sueldos de sus representantes.
No obstante, en algunos casos es el propio empleador el que paga el sueldo de los sindicalistas. Esto suele ocurrir en aquellos lugares en los que el sindicato está muy unido a la empresa, como puede ser el caso de las empresas estatales. En estos casos, el sueldo de los sindicalistas se paga con el dinero de los impuestos, lo que significa que todos los contribuyentes terminan pagándoles el sueldo a estos trabajadores.
¿Quién no puede hacer parte de un sindicato?
Todos los trabajadores tienen derecho a sindicarse libremente para la promoción y defensa de sus intereses económicos y sociales. Quedan exceptuados del ejercicio de este derecho los miembros de las Fuerzas Armadas y de los Institutos Armados de carácter militar.
¿Cuánto es el valor de la cuota sindical?
Obligan a trabajadores a aportar a los sindicatos – LA NACION Como todos los meses, uno de los 13.100 empleados del Correo Argentino cobró su sueldo. Cuando miró su recibo encontró un descuento que no le resultaba familiar. “Era un 3 por ciento del sueldo, bajo el concepto de contribución solidaria, y es para el sindicato.
Nadie nos avisó y de pronto apareció el descuento”, dijo a LA NACION el trabajador, que prefirió no revelar su identidad. Con la motorización de las negociaciones de los convenios colectivos, y tal como sucedió desde este mes con el Correo Argentino, los sindicatos han desempolvado una vieja forma de financiamiento mediante la que obtienen un porcentaje de la nómina salarial de una actividad.
Se trata de las contribuciones solidarias, cuyo descuento se aplica a todos los empleados que no están afiliados al sindicato. A los sueldos de los empleados en relación de dependencia se les hacen descuentos obligatorios para la jubilación (11%, si aporta al régimen de reparto y 7%, si está en una AFJP), el PAMI (3%) y obra social (3% para una entidad gremial que cubre el servicio de salud).
El aporte directo al sindicato (en torno del 3% del salario bruto) es voluntario para quienes decidan afiliarse a su sindicato de actividad. El nuevo mecanismo funciona así. Un determinado sindicato negocia el convenio colectivo de su actividad. Dentro de la negociación, y cada vez con más frecuencia, se incluyen dos conceptos.
Por un lado se negocian aportes patronales, que son un pago mensual de los empleadores. “Este tipo de contribución debe tener alguna justificación, como fines culturales, capacitación o acción social, por caso”, dijo Esteban Christensen del estudio Hope, Duggan & Silva, que aclaró que estos conceptos siempre se incluyen en los convenios.
- Es la única forma que tienen las empresas para aportar a los gremios sin que se caiga en práctica desleal”, agregó.
- Sin embargo, las más polémicas son las contribuciones solidarias que se realizan con un descuento del sueldo del trabajador y que tienen su sustento legal en el artículo 9° de la ley 14.250.
“Se trata de un aporte que realizan los trabajadores que no son afiliados al gremio, por el solo hecho de estar incluidos en el convenio colectivo de esa actividad. El Ministerio de Trabajo los homologa porque hay una ley que los permite”, dijo José Zabala, del estudio Adrogué, Marqués & Zabala, especializado en derecho laboral.
- De hecho, en la cartera laboral se respaldan en la vigencia de la mencionada ley para dar el visto bueno a los aportes solidarios.
- La norma no establece límites al porcentaje que puede descontarse, por lo cual, afirman, sólo rige el límite de la razonabilidad.
- El único tipo de aportes fijado por convenios, que fue cuestionado por la Justicia y en sede administrativa también por el propio ministerio, es el que pretende que las compañías empleadoras no afiliadas a una cámara paguen en favor de la entidad empresarial que firma acuerdos laborales.
Amparados normativamente, los aportes solidarios de los trabajadores a su sindicato son en cambio cada vez más frecuentes. Aparecen en acuerdos como el de la industria papelera y el del personal de conducción de trenes, en este caso tanto a favor de La Fraternidad como de la Unión Ferroviaria.
En esos casos, las tasas rondan el 1% mensual. En la actividad pesquera, el descuento es del 4%. Los convenios de aceiteros y de tintoreros también incluyen la cláusula. Dijo Zabala: “Muchas veces, el porcentaje tiende a igualarse con la cuota sindical para que se equipare con este descuento”. Sucede que la afiliación obligatoria está prohibida.
En el caso del Correo, donde desde este mes se empezó a descontar un 3% del sueldo de cada trabajador, el secretario general de la Federación de Obreros y Empleados de Correos y Telecomunicaciones (Foecyt), Ramón Baldasini, justificó el aporte. “El sindicato obra como gestor de negocios.
Hace una gestión para un determinado grupo de personas y es lógico que después cobre una comisión por ese servicio prestado. Además es una cuota que tiene un tiempo determinado. Por ejemplo, ésta rige hasta agosto, que es cuando vence el convenio. Claro que, si se firma un nuevo contrato, entonces se podrá establecer un nuevo aporte, siempre que haya beneficios”, sostuvo.
“No es posible que el beneficio lo reciban todos y el costo lo soporten sólo los afiliados. Hay que pagar gastos y mantener una estructura”, agregó. Gustavo Ferrante, del estudio Brons & Salas, consideró: “Cada vez es más común que se incorpore la contribución solidaria.
Para Christensen, el auge de estas contribuciones “puede encontrar su motivación en la baja tasa de afiliación de los sindicatos y la imprescindible necesidad de contar con recursos con las herramientas que les provee la legislación, y que, a su vez, le impide recurrir a una contribución sindical por afiliación obligatoria”.”Es la primera vez que lo cobramos en 52 años que hace que estamos en el Correo”, dijo Baldasini.Si bien no se discute su legalidad, los llamados aportes solidarios están en medio de la mesa de discusión en varios sindicatos.
Conforme a los criterios de : Obligan a trabajadores a aportar a los sindicatos – LA NACION
¿Cuál es la cuota sindical?
Caja de Herramientas – De manera puntual aportas tu cuota sindical, pero no sabes a ciencia cierta para qué se utiliza la cuota sindical? Aquí te lo explicamos. Las cuotas sindicales son las aportaciones económicas que realizan las y los trabajadores para poder llevar a cabo el trabajo en el sindicato y pagar honorarios, por ejemplo, del abogado que los asesora legalmente.
- Además, las cuotas sindicales sirven para organizar los cursos de capacitación y actividades recretarivas, culturales, educativas y deportivas de las y los tabajadores afiliados y sus familias.
- Hasta antes de la reforma laboral del 2019 no existía una disposición en la Ley Federal del Trabajo de que los sindicatos debían rendir cuentas periodicamente a sus afiliados.
Informar en qué se gasta la cuota sindical que aportan todas y todos los trabajadores afiliados, Es importante tener presente que el porcentaje de la cuota sindical se establece en el Estatuto una vez aprobado por los y las trabajadoras, a través del voto libre, personal, directo y secreto.
Generalmente el patrón retiene del salario la cuota sindical, y después se la entrega al sindicato. El porcentaje puede ser uno o dos por ciento, aunque a veces llega a ser de hasta tres por ciento del salario. Para que los sindicatos subsistan las cuotas sindicales son muy necesarias, pero mas importantes es que se usen para bien de todas y todos los trabajadores Tras la Chuleta ¿Para qué sirven o deben ser usadas las cuotas sindicales? Las cuotas sindicales se usan para cubrir los gastos administrativos y la gestión, al interior y al exterior de los sindicatos, para transporte, viáticos; también para mantener una oficina sindical, adquirir bienes muebles e inmuebles que pasan conformar el patrimonio de la organización, así como otras acciones como pagar desplegados en los periódicos, reuniones de trabajo con distintos sindicatos y para las diversas acciones en defensa de los derechos de sus afiliados, por lo tanto sentenció Escobar Aguilar, “El sindicato que no tiene cuotas sindicales es difícil queque pueda sobrevivir, que pueda tener una buena gestión y buena defensa de su materia de trabajo” El uso de las cuotas sindicales son un punto importante de la transparencia de los sindicatos Respecto al proceso de rendición de cuentas, dijo que los sindicatos deben hacerlo conforme a la reforma laboral, manera continua, ante la asamblea dos veces por año.
Se deben rendir cuentas de todas las acciones que se realizan y de los gastos que se han hecho. Es decir, los ingresos que se tienen a través de las cuotas se deben comprobar con los egresos producto de las actividades sindicales. Es una acción minuciosa que no realiza directamente la asamblea porque dentro de los estatutos contempla diversas comisiones autónomas, como puede ser la de Fiscalización y Finanzas y como la de Honor y Justicia son esas comisiones las que se encargan de hacer una revisión minuciosa de los gastos que va realizando el comité ejecutivo y una vez que sean observados y aprobados por estas comisiones, permitan una asamblea general ordinaria y se comprueben los gastos ante esa asamblea y sea esta quien apruebe el dictamen.
- Esos órganos de vigilancia que tenemos dentro de los sindicatos, se tiene.
- Bien definidos en los estatutos, que se crean y son depositados ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, lo que genera una gran satisfacción en el manejo de los recursos, y sobre todo transparencia que es lo que se busca con esta nueva reforma laboral.
¿Qué dice la Ley federal del Trabajo sobre la rendición de cuentas de las cuotas sindicales? Esta obligación la tenemos establecida en primer término dentro de los estatutos, esto en todo gremio debe existir porque debe ser un acuerdo previo de asamblea cuánto es lo que se va a descontar de cuota sindical.
- Una vez aprobado en los estatutos, en las negociaciones contractuales se hace solicitud a la patronal para que haga los descuentos a cada trabajador y trabajadora vía nómina.
- Esto, en efecto, es a solicitud propia de cada trabajador pertenecer al gremio y aceptar generar esas obligaciones como el pago de la cuota sindical.
La solicitud que se le hace a la patronal es que haga el descuento a través de la nómina, para que las y los trabajadores no tengan que acudir mensualmente a la oficina sindical. Esto no estaba descrito anterior a la reforma del 01 de mayo de 2019, ya que anteriormente no obligaba a ningún sindicato a que rindiera cuentas y que hubiera transparencia.
En el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo habla sobre la libertad sindical y el derecho a poder renunciar al sindicato, es decir, que de manera expresa y escrita pueda no aportar las cuotas sindicales y salir del gremio sin problema. Anteriormente no podía crear otro sindicato y que el trabajador pudiera tener la opción de renunciar e irse a otro sindicato, eran único; y eso regula de alguna manera la transparencia y los derechos que tenemos como trabajadores en cuanto a libertad sindical.
Artículo 110. – Los descuentos en los salarios de los trabajadores, están prohibidos salvo en los casos y con los requisitos siguientes: VI. Pago de las cuotas sindicales ordinarias previstas en los estatutos de los sindicatos. El trabajador podrá manifestar por escrito su voluntad de que no se le aplique la cuota sindical, en cuyo caso el patrón no podrá descontarla; Fracción reformada DOF 01-05-2019 ¿Qué debe hacer un trabajador o una trabajadora para solicitar que se le dé información del uso de sus cuotas sindicales? El primer mecanismo es a través de las comisiones autónomas, primero es una información interna que ellos deben solicitar ; y, segundo, si lo desea a detalle debe hacerlo directamente a los comités ejecutivos para que se ejecute alguna acción donde pueda estar presente el trabajador y que de manera directa diga en qué no está de acuerdo en la presentación de cuentas que rindan ante la asamblea.
En caso omiso, de que no se realicen entonces ahora pueden acudir a los Centros Federales L aborales a denunciar o en la Secretaría del Trabajo, ahí ya existen algunos mecanismos y en este caso la obligación de los Comités Ejecutivos es tomar cartas en el asunto de manera inmediata ya que esto puede llevar va un cese del cargo de manera inmediata.
Entonces, sí están protegidos los trabajadores en ese ámbito actualmente.
¿Cuánto tiempo dura la tutela sindical?
Tutela Sindical: – Es un mecanismo que se utiliza para proteger a los trabajadores que desarrollan actividad gremial frente a posibles abusos por parte de la administración, impidiendo que se los suspenda, despida o modifiquen sus condiciones de trabajo.
Consiste es una estabilidad propia mientras dure su mandato y por un (1) año posterior a dejar el cargo, salvo que medie una intervención judicial previa. Para que opere la garantía debe haberse cumplido con los recaudos legales y haber sido notificado el empleador por telegrama, carta documento o por escrito.
La protección nace con la postulación, aun cuando no sea electo. En ese caso, la tutela sindical es de seis (6) meses. El personal permanente y no permanente comprendido en el ámbito de la Ley Nº 25.164 tiene derecho, a partir de la fecha de incorporación, a las Licencias, Justificaciones y Franquicias.
¿Qué significa la palabra desafiliación?
Es cuando un ciudadano es afiliado a una organización política sin su consentimiento. Ante dicha situación, éste puede solicitar ante la DNROP que se registre su desafiliación.